Karolina Araya Yuditskaya
La Dirección General de
Migración y Extranjería publicó en el 2011 el Reglamento para el Registro de
Empresas.
El anterior Reglamento permite
que una compañía, siempre y cuando califique en alguna de las siguientes
categorías, se registre ante la Dirección General de Migración y Extranjería y
pueda traer a laborar en Costa Rica a extranjeros que son sujetos clave para su
negocio, con tiempos record de 30 días para la aprobación del Registro de
Empresa y otros 30 días para la aprobación de la Residencia para sus empleados.
Clasificación de las
Empresas:
A. Empresas que se encuentren operando o van a iniciar operaciones bajo
regímenes especiales de promoción de exportaciones.
B. Empresas que se encuentren exportando bienes o servicios fuera de regímenes
especiales de promoción de exportaciones o realizando actividades de
investigación y desarrollo.
C. Empresas que se encuentren operando en el sector turismo en Costa Rica,
específicamente en las áreas de hospedaje turístico. Asimismo, se autorizará la
inscripción de líneas aéreas
D. Empresas que se encuentren operando en el área financiera en Costa Rica.
E. Empresas que se encuentren en proceso de instalación o que estén operando
en el área de telecomunicaciones en Costa Rica.
F. Empresas que no se ubican en alguna de las clasificaciones anteriormente
descritas, caracterizadas por ser multinacionales cuya casa matriz ha decidido
la instalación de una subsidiaria en Costa Rica.
G. Empresas
nacionales o extranjeras que son adjudicatarias de una contratación con
la Administración Pública, siempre y cuando el plazo de vigencia de la
contratación supere un año calendario.
Комментариев нет:
Отправить комментарий